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acuerdo de igualdad

En marcha la flexibilidad horaria en la CECA

La parte del pacto de igualdad firmado entre las centrales sindicales y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) que faltaba por entrar en funcionamiento ha echado a andar. La flexibilidad horaria a la que hace mención el acuerdo ya está en vigor. El documento comprende el plan de igualdad entre mujeres y hombres, medidas de conciliación y el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo.

Este nuevo acuerdo entró en vigor el 15 de julio de 2010, a excepción de la flexibilidad horaria que, por motivos organizativos lo ha hecho en septiembre, apuntó Comisiones Obreras en un texto referido al acuerdo al que pusieron rúbrica el pasado 15 de julio.

El documento tiene como meta prevenir el acoso sexual y por razón de sexo, procurando su erradicación estableciendo una serie de medidas de prevención y el procedimiento de actuación en caso de denuncia.

En igualdad se establecen medidas de acción positiva que afectan a la selección y contratación basada en principios de igualdad. En materia retributiva se garantizará la no discriminación salarial por razón de sexo; en cuanto a la formación, con criterios de equidad y proporcionalidad de sexos y un “desarrollo y promoción profesional de objetivo y sin discriminación”.

Las medidas de conciliación incluyen la mejora los permisos por maternidad, paternidad y lactancia, por el nacimiento y/o adopción de hijos.

El pacto establece que habrá reducción de jornada y flexibilidad horaria para trabajadores con hijos menores de 10 años o con familiares dependientes a su cargo. Se podrá solicitar a la empresa permisos extraordinarios en situaciones muy graves y extraordinarias para acompañamiento a servicios de asistencia sanitaria de hijos menores de 12 años o familiares mayores de primer grado.

Asimismo, se mejoran las condiciones de las excedencias por atención de hijos o familiares dependientes y los permisos retribuidos por fallecimiento y/o enfermedad grave de familiares de primer grado de consaguinidad o afinidad.

En este contexto, el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo “obliga a la empresa a prevenir y castigar este tipo de acoso, describe y detalla las causas constitutivas de acoso y garantiza la confidencialidad y dignidad de los afectados".

Se constituye una comisión instructora independiente para la investigación de las denuncias.

Los representantes legales de los trabajadores participarán en el seguimiento y vigilancia del protocolo y "se consigue el compromiso firme de elaborar, en el seno de la comisión de igualdad, un protocolo de parejas de hecho, que recogerá la equiparación de derechos, entre estas parejas y el matrimonio".

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